Guía para conocer todas las ayudas a la rehabilitación de viviendas que puedes solicitar por CCAA



PLAN ESTATAL DE FOMENTO DEL ALQUILER DE VIVIENDAS, LA REHABILITACIÓN EDIFICATORIA, Y LA REGENERACIÓN Y RENOVACIÓN URBANAS, 2013-2016

A mediados del pasado mes de julio 2014 el gobierno aprobó el primer plan de vivienda que no contemplaba la inversión en construcción de promociones de casas de protección oficial y centraba por completo su dotación de 2.311 millones de euros hasta 2016 en el fomento del alquiler, la rehabilitación y la eficiencia energética.

La participación del sector de la construcción en el ámbito de la rehabilitación en España sólo alcanza el 28% del total del sector, datos que contrastan con el 41% en Europa y el 56% en Alemania. Según el ministerio de fomento, la actividad de la rehabilitación genera el triple de puestos de trabajo, que los generados por la construcción de nueva planta.

Para fomentar esta actividad, el gobierno ofrece subvenciones, préstamos y subsidios que pueden llegar a los 4.000 euros a aquellas personas que quieran reformar su hogar.
Eso sí, para acceder a estas ayudas hace falta cumplir una serie de condiciones. En primer lugar, el edificio debe haber sido construido antes de 1981 y dedicar al menos un 70% de su superficie a uso residencial. En el caso de las viviendas, el plan únicamente va destinado al domicilio particular del solicitante.

¿Quién puede solicitarlas?
Las subvenciones deberán ir destinadas a la realización de obras en el inmueble para la mejora de las instalaciones de gas, electricidad, ventilación, aislamiento, ampliación de espacios hasta un máximo de 120 m2 útiles e incluso para reforzar la estructura del edificio.

Tanto los propietarios particulares como las comunidades de vecinos. En el caso de las personas físicas, los ingresos familiares no deberán exceder los 2.289 euros mensuales, mientras que en el caso de las comunidades es imprescindible que al menos el 60% de los vecinos tengan unos ingresos familiares inferiores a 3.598,65 euros al mes.

¿A cuánto ascienden?
En líneas generales, la ayuda máxima por vivienda es de 2.000 euros para obras de conservación, 1.000 euros más si además se realizan tareas relacionadas con la mejora de la eficiencia energética de la casa y otros 1.000 más en el caso de que hagan reformas para hacer la vivienda accesible.

En el caso de las comunidades de propietarios, la subvención será de entre 2.000 y 5.000 euros para actuaciones relacionadas con la calidad y sostenibilidad del edificio, además de 4.000 euros más para mejora de la accesibilidad. Todas estas cuantías podrán incrementarse un 10% en edificios declarados bienes de interés cultural.

¿Cómo se tramitan?
La comunidad autónoma en la que esté situado el edificio o vivienda es la que efectúa el reconocimiento del derecho a recibir estas ayudas y las tramitará de acuerdo a lo firmado por cada una de las regiones con el ministerio de fomento.

Estas son las ayudas que puedes solicitar dependiendo de dónde vivas:

Andalucía
Cuenta con 200 millones de presupuesto y hasta siete líneas de actuación en relación a la rehabilitación de viviendas: transformación de infravivienda, rehabilitación autonómica, rehabilitación individualizada de viviendas, rehabilitación de edificios, rehabilitación singular y mejora de la eficiencia energética de viviendas y edificios.

Con un importe máximo de hasta 200.000 euros por beneficiario, los proyectos que conlleven la realización de una obra requerirán una inversión mínima de 500 euros. La subvención cubrirá entre el 60% y el 80% del coste total en función de la tipología.


Aragón
El plan aragonés para el fomento del alquiler de viviendas, rehabilitación y regeneración y renovación urbanas 2014-2016 prevé invertir casi 16 millones de euros en ayudas para obras de mantenimiento e intervención en instalaciones fijas y equipamientos propios, así como en elementos y espacios privativos comunes de edificios finalizados antes de 1981 con la intención de favorecer su conservación, accesibilidad y sostenibilidad.

La previsión del gobierno regional es alcanzar las 3.179 viviendas subvencionadas, con una media de 5.000 euros por vivienda. Quiénes podrán acceder a las ayudas y la cuantía de las mismas se determina según lo establecido por el ministerio de fomento.


Asturias
Para acceder a las ayudas los inmuebles deberán tener una antigüedad anterior a 1981 y al menos el 70% de su superficie debe tener uso residencial de vivienda y constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios. Como beneficiarios figuran comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de viviendas.

Las subvenciones serán de hasta 4.000 euros por vivienda para conservación; hasta 2.000 euros por vivienda para mejora de la eficiencia energética (5.000€ si se reduce en un 50% la demanda energética del edificio) y hasta 4.000 euros por vivienda para mejora de accesibilidad. La cuantía no podrá superar el 35% del presupuesto. Excepcionalmente, en el caso de mejora de la accesibilidad el 50%, podrá subvencionarse con hasta 11.000 por vivienda.


Baleares
Además de las ayudas propuestas por el ministerio de fomento, existen subvenciones directas para la adquisición e inmediata rehabilitación de viviendas usadas. La superficie máxima de la vivienda ha de ser de 120 m2 y la antigüedad mínima de 20 años. La ayuda directa es del 25% del presupuesto protegido, pudiendo llegar a un máximo de 7.100 € según los casos. El presupuesto mínimo de las obras es de 4.500 euros. La ayuda debe ser solicitada en el plazo máximo de 9 meses desde la firma del documento privado de compromiso de compra (opción de compra) y las obras deberán realizarse en el plazo máximo de 24 meses desde la calificación provisional.


Canarias
El convenio del plan vivienda 2013-2016 llevará 50 millones de euros al archipiélago para el fomento del alquiler y la rehabilitación. El instituto canario de vivienda subvencionará la reforma de edificios, pisos y casas rurales con hasta 12.400 euros, en el caso de personas mayores de 65 años. En el resto de casos, el máximo será 3.200 euros. Las ayudas a las comunidades de propietarios serán de hasta 1.100 euros por vivienda o de un máximo del 10% del presupuesto.


Cantabria
Las ayudas se rigen según el programa de fomento para la rehabilitación edificatoria: los inmuebles deberán tener una antigüedad anterior a 1981 y las ayudas serán de hasta 4.000 euros por vivienda para conservación; hasta 2.000 euros por vivienda para mejora de la eficiencia energética (5.000€ si se reduce en un 50% la demanda energética del edificio) y hasta 4.000 euros por vivienda para mejora de accesibilidad. La cuantía no podrá superar el 35% del presupuesto.


Castilla y León
Cuenta con las mismas condiciones previstas en el plan estatal de vivienda: los inmuebles deberán tener una antigüedad anterior a 1981 y al menos el 70% de su superficie debe tener uso residencial de vivienda y constituir el domicilio habitual de sus propietarios o arrendatarios. Como beneficiarios figuran comunidades de propietarios, agrupaciones de comunidades o propietarios únicos de edificios de viviendas.

Las subvenciones serán de hasta 4.000 euros por vivienda para conservación; hasta 2.000 euros por vivienda para mejora de la eficiencia energética (5.000€ si se reduce en un 50% la demanda energética del edificio) y hasta 4.000 euros por vivienda para mejora de accesibilidad.


Castilla-la Mancha
La cuantía de la ayuda se determinará en función del coste subvencionable de las actuaciones correspondientes a la vivienda y no podrá superar el 35% del coste subvencionable de la actuación o, excepcionalmente en el caso de actuaciones para la mejora de la accesibilidad, podrá ser de hasta un 50%. La cuantía mínima del presupuesto protegido no será inferior a 2.500. La cuantía máxima de las subvenciones a conceder por vivienda no podrá superar los 1.000 euros para las obras de conservación, 1.000 euros para las actuaciones de mejora de la calidad y sostenibilidad y 1500 euros para actuaciones de mejora de la accesibilidad.

Para ser beneficiario de las ayudas es necesario ser ciudadano español o de alguno de los estados de la UE, tener domicilio fiscal en castilla-la mancha y que la vivienda sea anterior a 1981, o excepcionalmente menos si se destina al alquiler durante un plazo mínimo de 10 años.


Cataluña
Las obras de rehabilitación que se pueden acoger a esta convocatoria son todas aquéllas, no iniciadas, que afecten en el edificio: patologías estructurales, accesibilidad (instalación de ascensores o supresión de barreras arquitectónicas) y rehabilitación energética (fachadas, cubiertas, medianeras y patios de luces). También se podrán solicitar ayudas para la instalación de enchufes para la carga de vehículos eléctricos en los parking.

Las cuantías de las subvenciones pueden llegar en las patologías estructurales hasta el 50% del presupuesto protegible sin tope. En el resto de las actuaciones se subvencionará entre el 25% y el 50% de la reforma hasta un máximo de 60.000 euros.

Para acceder a las ayudas el edificio deberá tener una antigüedad anterior a 1981 y al menos el 70% de su superficie debe tener uso residencial. Además, habrá que acreditar un presupuesto mínimo de 750 euros.


Extremadura
Las ayudas a la rehabilitación pueden llegar a un máximo de 15.000 euros. En el caso del programa de rehabilitación, el plan regional aporta hasta un 40% del presupuesto con un máximo de 4.000 euros. El plan estatal recoge hasta un 35% con un tope de 11.000 euros. De esa forma, se podrá llegar a 15.000 euros, siempre que se cumplan los requisitos exigidos en la convocatoria (niveles de renta, líneas de actuación, etc.).


Galicia
Además de lo dispuesto por el plan vivienda de fomento, ofrece ayudas a promotores, a la rehabilitación de viviendas unifamiliares en medio rural y en el entorno del camino de Santiago, donde se subvenciona el 50% de la obra con un máximo de 8.600 euros.


La Rioja
Podrán ser beneficiarios de las ayudas las comunidades de propietarios, las agrupaciones de comunidades de propietarios, los propietarios únicos de edificios de viviendas y los propietarios de edificios unifamiliares cuando se trate de actuaciones para realizar los ajustes razonables en materia de accesibilidad y/o mejorar la calidad y sostenibilidad del edificio. Se requiere que sumen, como mínimo, 8 viviendas.

La cuantía máxima de las subvenciones a conceder por edificio, que no podrá superar el importe de multiplicar 11.000 euros por cada vivienda y por cada 100 m2 de superficie útil de local que participen en el coste de las obras de rehabilitación.


Madrid
Aún no tiene aprobado el plan vivienda para los años 2013-2016


Murcia
Aún no tiene firmado el convenio con el ministerio de fomento para la aplicación del plan de vivienda regional 2013-2016


Navarra
Las subvenciones dependen del nivel de ingresos del solicitante, su edad y la antigüedad del edificio, que debe tener más de 25 años. El presupuesto debe superar los 6.000 euros por vivienda y las obres no pueden haber comenzado.

La subvención máxima a conceder será de 12.000 euros por vivienda, excepto en el caso de las viviendas que se encuentren en áreas de rehabilitación preferente o de las viviendas unifamiliares que como resultado de la actuación de rehabilitación sigan siéndolo, donde la subvención máxima será de 25.000 euros por vivienda.


País Vasco
Además de lo dispuesto por el plan vivienda de fomento, existe un plan de rehabilitación eficiente de viviendas para edificios construidos con anterioridad a 1980. Se trata de subvenciones a fondo perdido con un tope máximo de subvención obtenido al multiplicar 15.000 euros por el número de viviendas incluidas en el ámbito del proyecto de intervención.


Comunidad Valenciana
Aún no tiene firmado el convenio con el ministerio de fomento para la aplicación del plan de vivienda regional 2013-2016, las obras que se realicen entre el 1 de enero de 2014 y el 31 de diciembre de 2015 podrán desgravarse en el IRPF. Esta deducción supondrá en 10 % del coste de la obra sin que, en ninguno caso pueda sobrepasarse la cantidad de 4.500 euros.

Podrán beneficiarse de esta medida los contribuyentes con ingresos declarados de 23.000 euros en el caso de las declaraciones individuales y de 37.000 en las conjuntas, que realicen las obras en vivienda habitual de la que sean propietarios o titulares de un derecho real de uso y disfrute, o en el edificio en la que ésta se encuentre.

No darán derecho a practicar esta deducción las obras que se realicen en plazas de garaje, jardines, parques, piscinas e instalaciones deportivas y otros elementos análogos


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